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Persona f铆sica distinta del contratista y del subcontratista, que realiza de forma personal y directa una actividad profesional, sin sujeci贸n a un contrato de trabajo, y que asume contractualmente ante el promotor, el contratista o el subcontratista el compromiso de realizar determinadas partes o instalaciones de la obra.
(Art. 3.g Ley 32/2006, reguladora de la subcontrataci贸n en el sector de la construcci贸n)