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Zona de afecci贸n

Son las dos franjas de terreno situadas a ambos lados de la carretera, delimitadas interiormente por la zona de servidumbre a una distancia de 25 m. en las autopistas, autov铆as y v铆as r谩pidas, y de 8 m. en la carreteras convencionales, y exteriormente por dos l铆neas paralelas a las aristas exteriores de la explanaci贸n a una distancia de 100 m. en las autopistas, autov铆as y v铆as r谩pidas, y de 50 m. en el resto de las carreteras desde las citadas aristas. Ejecutar cualquier obra e instalaci贸n, fija o provisional, requiere la previa autorizaci贸n del organismo titular de la v铆a.